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4 mar 2011

Balón de oxígeno del TSXG al catálogo de Farjas

Deniega la petición de las farmacias y dice que no se aportan pruebas de que la norma afecte a la atención de los usuarios 

 

 El Correo Gallego


El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado la paralización cautelar del catálogo gallego de medicamentos que solicitaba la Federación de Farmacias de Galicia (Fefga) por entender que mantenerlo en vigor mientras no se dispone una sentencia definitiva sobre su legalidad no supone ningún "perjuicio general a los pacientes". Al contrario, contrapone el tribunal, su suspensión sí "resultaría alarmante (...) ya que comportaría la privación del ahorro para las arcas públicas y (...) su reinversión o reutilización en el ámbito de la salud".

El auto -en el que el TSXG analiza únicamente la conveniencia o no de paralizar la aplicación del catálogo, y no supone ninguna decisión sobre el fondo del litigio- apunta que las argumentaciones de la Fefga sobre los supuestos riesgos que la sustitución de medicamentos puede entrañar para los usuarios del Sergas y sobre la supuesta "falta de igualdad en la eficacia" de unos medicamentos y sus equivalentes más baratos no se sustentan en ningún informe o prueba documental, sino que son "afirmaciones vehementes pero sin soporte probatorio".
El tribunal entiende además que los casos de excepción previstos para que el Sergas continúe financiando (por riesgo de desabastecimiento o por criterio médico) productos inicialmente excluidos del catálogo, evitan "situaciones graves de privación de los medicamentos".
El auto insiste en la falta de pruebas o informes que respalden la petición de las farmacias y echa mano de sentencias anteriores del Tribunal Supremo para exponer que, al tratarse de una norma de carácter general, "en cuya ejecución está implícito siempre un interés público", la paralización solo está justificada si se prueban "perjuicios intensos (...) de carácter irreversible o irreparable".
En la ponderación de intereses ha pesado más la argumentación de la Xunta que, "en abierto contraste" con la documentación aportada por los recurrentes -opina el tribunal-, respaldó su postura con el informe técnico Medicamentos Genéricos y Ley 12/2010, avalado por la Comisión Autonómica Central de Farmacia, y el Informe Económico del Impacto del Catálogo Priorizado, suscrito por la directora de Asistencia Sanitaria del Sergas.
El TSXG entiende que las dudas sobre la posible inconstitucionalidad del catálogo que la Fefga "pretende reforzar" aludiendo al informe del Consejo de Estado en el que se apoyó el Gobierno central para recurrir la norma gallega ante el Constitucional, son objeto de otro proceso, pero no aportan una base suficiente para paralizar cautelarmente el catálogo.
En cualquier caso, el auto no es ajeno al proceso abierto en el Tribunal Constitucional (TC). Su decisión, aclara el TSXG, se enmarca en un plano y procedimiento concreto, distinto en cualquier caso del definido para el Tribunal Constitucional, y "no impide lógicamente la prevalencia y aplicación de la suspensión que pudiere decretar el TC".
Aunque contrario a la argumentación del tribunal, Carlos Seoane, miembro del bufete redactor del recurso de la Fefga, calificó ayer de "cuidadoso, escrupuloso y técnicamente correcto" el auto del TSXG que, a su juicio, ha optado por dejar "la pelota de la suspensión en el tejado del TC".
A la espera de la inminente decisión del TC, el TSXG tendrá que pronunciarse también sobre los recursos de Farmaindustria y los colegios de farmacéuticos gallegos.

Feijóo pide al Ministerio que abandone el TC y deje avanzar el pleito en órganos ordinarios 

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