13 DE MAIO DE 2010

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13 DE MAIO DE 2010: GRAZAS!!!

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NOVAS DE GALIZA:





4 mar 2011

El TC admite el recurso del Gobierno y suspende el catálogo de Farjas

El Constitucional ndica a Xunta y al Parlamento que, en el plazo de quince días, "puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes"

Xornal de Galicia


El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra la Ley de Galicia 12/2010 de 22 de diciembre de recionalización del gasto en la prestación farmacéutica por el que se ha creado el catálogo priorizado de productos farmacéuticos, cuya aplicación queda en suspenso.
En la providencia dictada por el TC, a la que tuvo acceso Europa Press, se señala que al haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución se produce la "suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso" --11 de febrero de 2011-- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros, lo que se comunicará a los presidentes de la Xunta y del Parlamento gallego.
Además, el TC justifica la suspensión de la aplicación del catálogo al invocar el presidente del Gobierno en el recurso el artículo 161.2 de la Constitución, lo que, "a su tenor y conforme dispone el artículo 30 LOTC, produce la suspensión de la vigencia y aplicación" del catálogo de fármacos, en vigor desde el 3 de enero.
En concreto, el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central, formalizado por el Abogado del Estado hace un mes, fue presentado contra los artículos 1 a 4 y disposiciones adicionales primera y segunda de la ley gallega de racionalización en la prestación farmacéutica.
El TC señala que da traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Xunta y al Parlamento de Galicia para que, en el plazo de quince días, "puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes".
La decisión del Constitucional se produce un día después de hacer público el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) su decisión de no suspender la ejecución del acuerdo del Consello de la Xunta por el que se aprobaba el catálogo priorizado de medicamentos demandada por al Federación de Farmacias de Galicia, argumentando que no podía adoptarse tal medida "sobre simples alegatos y conjeturas sin avales documentales, periciales o indicios objetivos de solidez".
CONFLICTO DE COMPETENCIA
Asimismo, el pleno del TC ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia promovido por el Gobierno central frente al acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se aprueba el catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia, hecho público por Resolución de la Consellería de Sanidade, de 30 de diciembre de 2010, "así como contra las actuaciones determinantes de la aprobación del mismo y contra el propio catálogo priorizado de productos farmacéuticos".
En esta segunda providencia, el pleno del TC indica que ha acordado dar traslado de la demanda y documentos presentados a la Xunta, para que, en el plazo de 20 días, aporte "cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".
Además, ha acordado comunicar la incoación del conflicto a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) por si ante la misma estuviera impugnado el citado acuerdo, "en cuyo caso se suspenderá el curso del proceso hasta la decisión del conflicto, según dispone el artículo 61.2 LOTC", puntualiza.

El Constitucional suspende la aplicación del catálogo de medicamentos gallego

Sanidad recurrió al norma porque invade competencias y crea desigualdades entre los gallegos y el resto de españoles 

 El País

 El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso del Ministerio de Sanidad contra el catálogo gallego de medicamentos, que restringe los fármacos sufragados por la sanidad pública, ha informado hoy el tribunal. Con esta admisión a trámite, queda suspendida cautelarmente la ley del Gobierno de Alberto Núñez Feijoo que pone en marcha el catálogo.

 

La decisión del TC, adoptada el pasado martes, se conoce un día después de que se supiera que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG), en la primera resolución judicial al respecto, rechazara la suspensión cautelar de la norma, tal y como solicitaba la Federación de Farmacias de Galicia.
El propio auto del TSJG recuerda que la decisión sobre este asunto del Constitucional, "que sería consecuencia lógica del régimen de enjuiciamiento constitucional, prevalece sobre el criterio de esta sala". Entre los motivos que esgrime el TSJG para desestimar la paralización de la norma, figuran que "el catálogo no reviste naturaleza de reglamento autónomo, sino de uno que desarrolla un mandato legal", por lo que suspenderlo "sería de facto suspender la ley", algo "incompatible con la división de poderes".
El decreto entró en vigor el pasado 3 de enero y se aplica a 34 moléculas de amplio uso. En él se establece qué fármacos en concreto podrán recetar los médicos, aunque haya otros equivalentes que estén aprobados y tengan el mismo precio. El Ministerio de Sanidad considera que esta restricción afecta a la igualdad del sistema (tantas veces alegada por el PP, que es quien gobierna en Galicia), y que perjudica a los pacientes gallegos y a los viajeros, que no podrán disponer de medicamentos que sí son accesibles en otras comunidades.
La regulación dice exactamente qué marca de un producto es el que hay que dispensar, porque era el más barato en ese momento. Supongamos un antibiótico común, la amoxicilina, del laboratorio XXXX. Si un paciente llega a la farmacia con una receta en que se especi¡fique otro (la misma amoxicilina pero del laboratorio YYYY), el farmacéutico estará obligado a cambiárselo, salvo que el paciente renuncie a la subvención a que tiene derecho (el 100% si es jubilado o el 60% si está en activo). Para Sanidad, esta manera de regular rompe la igualdad y tiene problemas prácticos añadidos, como qué pasa si un turista va con una receta legal a Galicia y no le pueden dar su medicamento.
La Consejería de Salud de la Xunta aduce que no hay grupos de los que no exista una presentación al menos que se financie, y afirma que con la medida pretende ahorrar 100 millones de euros (de una factura que solo en farmacias ronda los mil millones).


Anteriores noticias relacionadas:

O TC admite a trámite o recurso do Goberno contra o catálogo de medicamentos

Europa Press

También admite el conflicto de competencia del Ejecutivo contra el acuerdo del Consello de la Xunta por la que fue aprobada la medida



El pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno central contra la Ley de Galicia 12/2010 de 22 de diciembre de recionalización del gasto en la prestación farmacéutica por el que se ha creado el catálogo priorizado de productos farmacéuticos, cuya aplicación queda en suspenso.    En la providencia dictada por el TC, a la que tuvo acceso Europa Press, se señala que al haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución se produce la "suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso" --11 de febrero de 2011-- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros, lo que se comunicará a los presidentes de la Xunta y del Parlamento gallego.
   Además, el TC justifica la suspensión de la aplicación del catálogo al invocar el presidente del Gobierno en el recurso el artículo 161.2 de la Constitución, lo que, "a su tenor y conforme dispone el artículo 30 LOTC, produce la suspensión de la vigencia y aplicación" del catálogo de fármacos, en vigor desde el 3 de enero.
   En concreto, el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central, formalizado por el Abogado del Estado hace un mes, fue presentado contra los artículos 1 a 4 y disposiciones adicionales primera y segunda de la ley gallega de racionalización en la prestación farmacéutica.
   El TC señala que da traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a la Xunta y al Parlamento de Galicia para que, en el plazo de quince días, "puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes".
   La decisión del Constitucional se produce un día después de hacer público el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) su decisión de no suspender la ejecución del acuerdo del Consello de la Xunta por el que se aprobaba el catálogo priorizado de medicamentos demandada por al Federación de Farmacias de Galicia, argumentando que no podía adoptarse tal medida "sobre simples alegatos y conjeturas sin avales documentales, periciales o indicios objetivos de solidez".

CONFLICTO DE COMPETENCIA
   Asimismo, el pleno del TC ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia promovido por el Gobierno central frente al acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, por el que se aprueba el catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia, hecho público por Resolución de la Consellería de Sanidade, de 30 de diciembre de 2010, "así como contra las actuaciones determinantes de la aprobación del mismo y contra el propio catálogo priorizado de productos farmacéuticos".
   En esta segunda providencia, el pleno del TC indica que ha acordado dar traslado de la demanda y documentos presentados a la Xunta, para que, en el plazo de 20 días, aporte "cuantos documentos y alegaciones considere convenientes".
   Además, ha acordado comunicar la incoación del conflicto a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) por si ante la misma estuviera impugnado el citado acuerdo, "en cuyo caso se suspenderá el curso del proceso hasta la decisión del conflicto, según dispone el artículo 61.2 LOTC", puntualiza.

O Constitucional admite a trámite o recurso do Goberno contra o catálogo galego 

La Voz de Galicia

Ao ser o Executivo quen promoveu o recurso, a norma galega quedará suspendida ata que o conflito se resolva.

     

O Tribunal Superior rexeita paralizar o catálogo de fármacos

Alega que non hai prexuízo aos pacientes que xustifique a suspensión

La Voz de Galicia


O Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimou adoptar medidas cautelares contra o catálogo de medicamentos implantado pola Xunta en xaneiro. A Federación Galega de Farmacias presentou un recurso que admitiu o tribunal, e solicitou tamén a suspensión da listaxe de fármacos mentres este non resolve, petición que acaba de ser denegada.
O auto do TSXG asegura que «nin na peor das hipóteses manexadas polo recorrente -a Federación de Farmacias- provocaría un prexuízo xeral aos pacientes, especialmente cando, como afirmamos, nada se acreditou nesta peza sobre a realidade de tal prexuízo». É dicir, o que sostén o alto tribunal galego para manter a vixencia do catálogo mentres non haxa sentenza é que non hai probas de que a súa aplicación produza un prexuízo irreparable.
O presidente da entidade recorrente, José Luis Rodríguez Dacal, non se sorprende con esta decisión, «xa que ou recurso segue en pé. Ou único que pediamos é que mentres durase a tramitación se suspendera, e foi a iso ao que dixeron que non». De feito, Dacal recorda que cando o TSXG admitiu a trámite o recurso «xa parecíanos un logro». O presidente da Federación Galega de Farmacias asegura que a Xunta presentou «63 páxinas» para defender a vixencia da listaxe de medicamentos e que desde a Administración sanitaria utilízanse os datos parcialmente.
O tribunal desestimou a paralización, pero recorda que é diferente o recurso de inconstitucionalidade, que se se admite iría acompañado dunha suspensión inmediata, «consecuencia lóxica do réxime de enjuiciamiento constitucional e que prevalece loxicamente sobre o criterio desta sala». De feito, o TSXG recorda que se paralizase o catálogo, «estar a suspender a vixencia da lei» que o ampara.

Dous recursos máis
O TSXG ten dous recursos máis que probablemente dirimir de forma conxunta, presentados pola patronal dos laboratorios, Farmaindustria, e máis recentemente polos colexios galegos de farmacia. Estes, no entanto, aseguraron cando formalizaron a demanda que se se chega a un acordo con Sanidade retiraríana.
A non suspensión do catálogo de fármacos anunciada polo TSXG non afectará ao recurso que o Goberno central interpuxo no Tribunal Constitucional contra a lei galega que o ampara. Así o manifestou a Efe o secretario xeral de Sanidade, quen asegura que se mantén nun exercicio de responsabilidade para defender os dereitos de todos os cidadáns.


  
 

Balón de oxígeno del TSXG al catálogo de Farjas

Deniega la petición de las farmacias y dice que no se aportan pruebas de que la norma afecte a la atención de los usuarios 

 

 El Correo Gallego


El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha denegado la paralización cautelar del catálogo gallego de medicamentos que solicitaba la Federación de Farmacias de Galicia (Fefga) por entender que mantenerlo en vigor mientras no se dispone una sentencia definitiva sobre su legalidad no supone ningún "perjuicio general a los pacientes". Al contrario, contrapone el tribunal, su suspensión sí "resultaría alarmante (...) ya que comportaría la privación del ahorro para las arcas públicas y (...) su reinversión o reutilización en el ámbito de la salud".

El auto -en el que el TSXG analiza únicamente la conveniencia o no de paralizar la aplicación del catálogo, y no supone ninguna decisión sobre el fondo del litigio- apunta que las argumentaciones de la Fefga sobre los supuestos riesgos que la sustitución de medicamentos puede entrañar para los usuarios del Sergas y sobre la supuesta "falta de igualdad en la eficacia" de unos medicamentos y sus equivalentes más baratos no se sustentan en ningún informe o prueba documental, sino que son "afirmaciones vehementes pero sin soporte probatorio".
El tribunal entiende además que los casos de excepción previstos para que el Sergas continúe financiando (por riesgo de desabastecimiento o por criterio médico) productos inicialmente excluidos del catálogo, evitan "situaciones graves de privación de los medicamentos".
El auto insiste en la falta de pruebas o informes que respalden la petición de las farmacias y echa mano de sentencias anteriores del Tribunal Supremo para exponer que, al tratarse de una norma de carácter general, "en cuya ejecución está implícito siempre un interés público", la paralización solo está justificada si se prueban "perjuicios intensos (...) de carácter irreversible o irreparable".
En la ponderación de intereses ha pesado más la argumentación de la Xunta que, "en abierto contraste" con la documentación aportada por los recurrentes -opina el tribunal-, respaldó su postura con el informe técnico Medicamentos Genéricos y Ley 12/2010, avalado por la Comisión Autonómica Central de Farmacia, y el Informe Económico del Impacto del Catálogo Priorizado, suscrito por la directora de Asistencia Sanitaria del Sergas.
El TSXG entiende que las dudas sobre la posible inconstitucionalidad del catálogo que la Fefga "pretende reforzar" aludiendo al informe del Consejo de Estado en el que se apoyó el Gobierno central para recurrir la norma gallega ante el Constitucional, son objeto de otro proceso, pero no aportan una base suficiente para paralizar cautelarmente el catálogo.
En cualquier caso, el auto no es ajeno al proceso abierto en el Tribunal Constitucional (TC). Su decisión, aclara el TSXG, se enmarca en un plano y procedimiento concreto, distinto en cualquier caso del definido para el Tribunal Constitucional, y "no impide lógicamente la prevalencia y aplicación de la suspensión que pudiere decretar el TC".
Aunque contrario a la argumentación del tribunal, Carlos Seoane, miembro del bufete redactor del recurso de la Fefga, calificó ayer de "cuidadoso, escrupuloso y técnicamente correcto" el auto del TSXG que, a su juicio, ha optado por dejar "la pelota de la suspensión en el tejado del TC".
A la espera de la inminente decisión del TC, el TSXG tendrá que pronunciarse también sobre los recursos de Farmaindustria y los colegios de farmacéuticos gallegos.

Feijóo pide al Ministerio que abandone el TC y deje avanzar el pleito en órganos ordinarios 

El Parlamento rechaza reactivar el Plan de Mejora de AP del bipartito

“Es el momento de apostar por Primaria porque es el nivel donde se atiende de manera más barata”, según la portavoz socialista, María del Carmen Acuña 

Redacción Médica

La Comisión 5ª de Sanidad, Política Social y Empleo ha rechazado una propuesta socialista, con los votos en contra del Grupo Popular, que pedía una reactivación de la Comisión de Seguimiento del Plan de Mejora de Atención Primaria que inició en 2006 el anterior gobierno del bipartito. “Es el momento de apostar por la mejora en AP, porque es el nivel donde se atiende de manera más barata y que soluciona el 90 por ciento de la demanda”, ha asegurado la portavoz socialista María del Carmen Acuña.
El objetivo de este Plan era, según los socialistas, mejorar la capacidad resolutiva y asistencial y reducir la burocratización en este nivel “tan importante porque regula el acceso al resto del sistema sanitario”. Para ello se contempló la creación de 1.600 nuevas plazas de empleo en AP, la identificación de los puntos asistenciales deficitarios y el análisis de la demografía y de las características de los centros. Pero se paralizó con la llegada del actual Gobierno de la Xunta.

La Comisión de Seguimiento de este Plan tenía como funciones vigilar el cumplimiento de los objetivos anuales, valorar el impacto de las medidas y revistar los criterios para adecuar el Plan a la realidad de cada momento. Esta Comisión lleva casi dos años sin reunirse, desde septiembre de 2009, y los socialistas han pedido que se vuelva a constituir.
Para el Bloque Nacionalista Gallego, lo importante es que se establezca un marco estable y global para la Atención Primaria y que se puedan solicitar pruebas diagnósticas desde cualquier centro de salud para, de este modo, descongestionar la Atención Especializada. Además, según la portavoz nacionalista Ana Luisa Bouza, hay que ampliar los servicios que se prestan en los centros de salud, ya que para ello, “muchas veces no hace falta realizar una gran inversión”.
Por otro lado, la portavoz del PPdeG, Ángeles Díaz Pardo, ha recordado que el Plan defendido por socialistas y nacionalistas no recibió una buena valoración de los profesionales porque “se obviaron importantes temas para la sostenibilidad del sistema sanitario, no se dotó presupuestariamente, no se priorizaron infraestructuras, se obviaba el gasto farmacéutico y creaba una falta de coordinación entre los servicios de Primaria y Especializada”.

Transporte sanitario
En la Comisión de esta semana también se ha interpelado a la gerente del Servicio Gallego de Salud sobre el nuevo decreto de transporte sanitario. Según la portavoz nacionalista, Ana Luisa Bouza, en este texto se deja “la puerta abierta a la introducción del copago en el transporte sanitario”, porque elimina la referencia explícita a la gratuidad del servicio y que sea costeado por el Sergas.
Sin embargo, la gerente Rocío Mosquera ha asegurado que el copago “no está encima de la mesa”, y que el transporte sanitario urgente se seguirá pagando “con los recursos del Sergas”, aunque ha añadido la posibilidad de que las mutuas y empresas privadas costeen los servicios cuando sus afiliados utilicen el servicio público. Comentó que no se van a recortar servicios ni vehículos y que el nuevo decreto responde a la necesidad de actualizar la normativa y de homogeneización.

   
     

Temor pola deterioración da sanidade

La Voz de Galicia



O Barómetro de Sondaxe dá un balón de osíxeno ao Sergas no seu propósito de impulsar o catálogo de xenéricos, pero tamén un toque de atención pola visión negativa que teñen moitos galegos sobre o seu sistema sanitario. Un 19,6% dos consultados cren que a sanidade empeorou un pouco no último ano, mentres que outro 17,3% sosteñen que se deteriorou moito. Por contra, só un 4,8% perciben unha mellora notable no servizo, ao que hai que sumar un 22% de galegos que recoñecen unha melloría leve. Hai un terceiro grupo de poboación (31%) que afirma que a calidade do sistema é a mesma que hai un ano.
A análise por provincias mostra que o maior número de descontentos localízase en Lugo, onde ata un 46% dos veciños perciben algún tipo de desgaste no sistema sanitario, unha situación que o Sergas espera enxugar coa posta en marcha do novo hospital Lucus Augusti.
Os cidadáns máis satisfeitos están en Ourense, onde un 34% da poboación advirte algún grao de melloría e só un 26% distingue unha deterioración, o nivel máis baixo de entre as catro provincias galegas.


CAPADOS NO HOSPITAL DE MONFORTE

CIG-saúde Monforte


Chegou o Xerente e mandou parar!!!
O que nos faltaba por ver. Resulta que o sr. Xerente como minte co das listas de espera e na C.I.G. llo rebatimos, pensa que son os administrativos os que nos informan e non se lle ocorre mellor idea que capar os ordenadores para que se  non poida acceder á opción consulta de citas programadas, cando esto é unha ferramenta que utilizan para facer o seu traballo.
Pois ben sr. Xerente voulle dicir como nos enteramos das cousas, é moi sinxelo, Monforte é un pobo pequeno no que todos temos coñecidos que nos veñen a dicir por exemplo:
-Fun pedir cita para rehabilitación e dinme que si non me poñen cruces co grado de gravidade(é dicir si é un volante normal) non me van atender neste ano.
-Fun preguntar canto tempo tardarán en chamarme para operarme é dinme que mínimo cinco ou seis meses.
E así ata o infinito e mais alá.
Non estamos na época de Franco,vostede prometeu cando chegou facer un Hospital do século XXI e o que está a facer é un Hospital tipo anos corenta.
Así que sr. Xerente deixe de caparnos utilizando métodos mais propios de outros tempos.